¿Cómo solicito luz de obra y luego cambio a luz definitiva?

En este artículo te explicamos todo lo que debes saber sobre la luz de obra, que es el suministro eléctrico provisional que se utiliza para construir un inmueble. Te contamos cómo puedes pedir la luz de obra y cómo se hace el cambio a una alta de luz permanente.

¿Cómo la solicito?

Para pedir la luz de obra, necesitas:

  • Obtener un Certificado de Instalación Eléctrica, que lo debe hacer tu instalador eléctrico. En ese certificado debe indicarse que el suministro es solo para obras
  • Pedir a la distribuidora de electricidad de tu zona que te dé tu CUPS de obra. Es el código que identifica tu instalación eléctrica solo durante el tiempo de obra
  • Contratar con la comercializadora que quieras el suministro de luz de obra por el periodo de tiempo necesario

Tanto para la luz de obra como para el alta definitiva, el plazo hasta tener suministro eléctrico desde que lo pides suele ser de entre 4 y 15 días

¿Cómo cambio luego a luz definitiva?

Una vez haya finalizado la obra, es imprescindible gestionar un expediente de acometida con la distribuidora de tu zona. Para eso, tendrás que entregar, como mínimo, el certificado de habitabilidad y un nuevo Certificado de Instalación Eléctrica (conocido como boletín)

En ese momento, los técnicos de la distribuidora verificarán que la acometida que llega a tu inmueble es adecuada. Si es así, la distribuidora cierra el expediente y te da tu código CUPS definitivo

Si el CUPS de obra lo tienes contratado con otra comercializadora y quieres dar de alta el CUPS definitivo con AED, debes pedir primero la baja definitiva del CUPS de obra a esa otra comercializadora eléctrica y el alta de luz definitiva con nosotros. Es muy importante que nos digas también el CUPS de obra que vas a dar de baja para poder comunicarlo a la distribuidora y lograr que ambas gestiones se hagan en paralelo, para que no te falte luz en ningún momento

¿Cuál es el coste del alta de luz definitiva?

Nosotros no te cobramos nada, pero sí te repercutimos los costes regulados por el Gobierno que nos facturará tu distribuidora:

  • Derechos de acceso: 19,70 € por cada kW solicitado (IVA no incluido)
  • Derechos de extensión: 17,37 por cada kW solicitado (IVA no incluido)
  • Los derechos de enganche y verificación: 9,04 € (IVA no incluido)
  • Depósito de garantías: Aproximadamente 5 € por cada kW solicitado (no se repercute IVA). No todas las distribuidoras lo cobran.

Normalmente, los derechos de extensión los factura la distribuidora directamente al lciente cuando le solicita el nuevo expediente de acometida. Si no lo hace, nos lo facturará a nosotros y los repercutiremos junto al resto de costes

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